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¿Se puede hablar de educación sexual integral a las infancias?

Un repaso breve por las leyes sobre derechos, educación y la enseñanza de la educación sexual en Venezuela

Hay personas que al escuchar las palabras: sexual, sexo o sexualidad inmediatamente las relacionan con el ejercicio de la función sexual, que no es más que el coito o mantener relaciones sexuales de cualquier tipo, pero ¿por qué sucede esta confusión? Primero hay que aclarar que: sexual es lo relacionado con el sexo o la sexualidad; que sexo es el término que se refiere al conjunto de características biológicas que definen al espectro humano como niños y niñas, como hombres y como mujeres; y sexualidad es la manifestación natural que se imprime en la estructura conceptual y emocional del ser, les crea un patrón inconsciente que rige toda la vida sexual de la persona, por tanto, incluye las capacidades reproductivas del ser humano, el erotismo, el placer y el grado de satisfacción que produce en cada persona, según la Organización Mundial de la Salud.

 

Se puede entender que la relación que hacen está basada en la confusión de los términos y conceptos, porque no los conocen y por lo tanto no saben diferenciarlos, siendo esta una de las razones por la que la educación sexual integral (ESI) debe estar presente en la formación académica y social de toda persona.

 

La educación sexual integral es un derecho humano, porque los derechos sexuales y los derechos reproductivos son de carácter universal, por lo que todas y todos debemos tener acceso a información que nos permita ejercerlos con plenitud y los Estados tienen el deber de respetarlos, promoverlos y protegerlos. 

 

Por consiguiente, la aplicación del Derecho Internacional de Derechos Humanos a las Cuestiones de Orientación Sexual e Identidad de Género (2007) declaró los siguientes derechos: derecho a la vida, derecho a la salud, derecho a la libertad, seguridad, e integridad personales, derecho a decidir el número e intervalo de hijos, derecho a la intimidad, derecho a la igualdad y a la no discriminación, derecho al matrimonio y a fundar una familia, derecho al empleo y la seguridad social, derecho a la educación, derecho a la información adecuada y oportuna, derecho a modificar las costumbres discriminatorias contra la mujer, derecho a disfrutar del progreso científico y a dar su consentimiento para ser objeto de experimentación.

 

Ahora bien, en ninguno de estos derechos se habla de nada que no conozcamos como ciudadanía o sujetxs de derechos que habitan un país, más bien refuerza la premisa de vivir en libertad y plenitud como personas. 

Un par de años después, la Asociación Mundial para la Salud Sexual publicó en 2009 la Declaración de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y afirma que: “los derechos sexuales son un componente integral de los derechos humanos básicos y por consiguiente son inalienables y universales”. Es decir, todas y todos sin importar edad, sexo, raza, género, condición social, discapacidad, nacionalidad o idioma estamos en la absoluta voluntad de ejercerlos. 

 

Venezuela, como nación, está suscrita a varios de estos convenios internacionales y por lo tanto es responsable de hacer cumplir muchos de estos derechos acordados y aunque muchos de ellos no se cumplen, tenemos leyes que sustentan la importancia de la educación sexual integral en todos los niveles y etapas de la escolaridad. Es importante resaltar que Venezuela es un país laico, por lo que las creencias religiosas no deben tener ningún peso a la hora de hablar de la organización o funcionamiento del país, aunque hay libertad de culto.  

 

Sin embargo, las iglesias evangélicas y católicas, entre otras, tienen un papel importante en la sociedad, que consiste en revisar internamente el funcionamiento de sus iglesias y promover protocolos para la detección y atención de abusos sexuales en sus comunidades. Su participación no debe ser a partir de mantener la desinformación en su población, sino de proteger a sus feligreses ante cualquier amenaza. 

 

El artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) dice: “Los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho y estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetarán, garantizarán y desarrollarán los contenidos de esta Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República.” En pocas palabras las niñas y los niños en Venezuela deben gozar de sus derechos sexuales, porque son parte de los derechos humanos, y cuando tengan edad suficiente de los derechos reproductivos. 

 

De igual forma, Ley Orgánica de Educación (2009) en el artículo 6 reza que: “el Estado, a través de los órganos nacionales con competencia en materia educativa garantiza el derecho pleno a una educación integral, permanente, continua y de calidad para todos y todas con equidad de género en igualdad de condiciones y oportunidades, derechos y deberes.”  Cuando se habla de equidad de género se hace referencia a que tanto las niñas como los niños tienen los mismos derechos a recibir educación e información.

 

Por su parte, la Ley Orgánica de Protección para niñas, niños y adolescentes (Lopnna) del año 2007, plantea en el artículo 14 que: “Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser informados e informadas y educados o educadas sobre los principios básicos de prevención en materia de salud, nutrición, ventajas de la lactancia materna, estimulación temprana en el desarrollo, salud sexual y reproductiva, higiene, saneamiento sanitario ambiental y accidentes. Asimismo, tienen el derecho de ser informados e informadas de forma veraz y oportuna sobre su estado de salud, de acuerdo a su desarrollo.” 

 

Y en el artículo 50 expone que: “Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser informados e informadas y educados o educadas, de acuerdo a su desarrollo, en salud sexual y reproductiva para una conducta sexual y una maternidad y paternidad responsable, sana, voluntaria y sin riesgos. El Estado, con la activa participación de la sociedad, debe garantizar servicios y programas de atención de salud sexual y reproductiva a todos los niños, niñas y adolescentes. Estos servicios y programas deben ser accesibles económicamente, confidenciales, resguardar el derecho a la vida privada de los niños, niñas y adolescentes y respetar su libre consentimiento, basado en una información oportuna y veraz. Los y las adolescentes mayores de catorce años de edad tienen derecho a solicitar por sí mismos y a recibir estos servicios.”

 

Estos dos artículos dejan ver que en la Lopnna (2007) se promueve la educación integral de la sexualidad con base en conocimiento veraz y oportuno, según la edad de la persona que está recibiendo la información. 

 

En Venezuela también tenemos la Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad (2015) y en su artículo 19 relata lo siguiente:  “el Estado atenderá, a través del sistema educativo y el sistema público nacional de salud, la promoción y difusión de programas permanentes y continuos sobre derechos y deberes sexuales y reproductivos; y educación sexual dirigidas a niñas, niños y adolescentes, adultas y adultos. Estas iniciativas deberán incluir la información y el acceso a métodos y estrategias para la planificación familiar y para el ejercicio de una sexualidad sana y responsable”.

 

Con estas leyes podemos evidenciar que la educación sexual integral no es nueva, no es un invento salido de la nada y que en Venezuela se da educación sexual en el sistema educativo; aunque es en el bachillerato que se habla de forma muy superficial sobre los factores de riesgos en el ejercicio de la sexualidad, infecciones de transmisión sexual y muy poco sobre métodos anticonceptivos y de protección. 

 

Desafortunadamente, la educación sexual integral en el país es como muchos otros procesos educativos. No hay profesionales en las aulas que puedan explicar, sacar de dudas o informar a las y los estudiantes. En el artículo Los maestros perdidos de Venezuela de Radio Fe y Alegría publicado en marzo de 2023, se manifiesta lo siguiente: Venezuela perdió 25% de sus maestros entre 2018 y 2021. El país contaba con 669 mil profesores y la cifra se redujo a 502 mil en tres años. Se estima que 59% desertó por los bajos salarios y las pobres condiciones laborales. El resto migró.”

 

A pesar de tener convenios suscritos y leyes que procuran el cumplimientos de los derechos sexuales y los derechos reproductivos, las y los adolescentes del país llegan a la edad adulta con muy poca información relacionada con su cuerpo, su funcionamiento y sobre autonomía, y en algunos casos con un embarazo no deseado. Según datos del Fondo de Población de las Naciones Unidas en una investigación realizada en 2016 y publicada en 2018 “La mayoría de los países con las tasas estimadas más elevadas de fecundidad en adolescentes en América del Sur son Bolivia y Venezuela” en edades comprendidas entre los 15 y los 19 años. 

 

Entonces, ¿Es importante la educación sexual integral? sí, porque la ESI proporciona información precisa y actualizada sobre la salud sexual y salud reproductiva a niñas, niños y adolescentes, porque proporciona contenido oportuno desde temprana edad y ayuda a las personas a tomar decisiones informadas sobre su salud y bienestar a lo largo de su desarrollo; porque desde la infancia brinda protección a las niñas y niños, que aprenden de autonomía corporal, autorrespeto y autoestima, porque la ESI ayuda a detectar indicios de abuso sexual. 

 

El artículo 33 de la Lopnna (2007) declara que: “todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser protegidos y protegidas contra cualquier forma de abuso y explotación sexual.” y no hay mejor forma de resguardar a niñas, niños y adolescentes que a través de la información sin tabúes y a tiempo para evitar cualquier tipo de abuso o violencia.

 

 Entonces, cabe formular la pregunta y responderla ¿hablar de educación sexual integral es enseñar a las y los niños a tener una orientación sexual u otra? Ciertamente, cuando se habla de educación sexual integral están presentes los conceptos básicos para entender el ejercicio de la sexualidad individual de cada persona como los son:  género, identidad de género, roles de género, equidad de género, orientación sexual, identidad sexual, comportamiento sexual, relaciones afectivas, relaciones de pareja, métodos de protección y prevención, entre otros.  

 

Pero, hay que dejar muy claro que por el solo hecho de conocer los conceptos y tener información ninguna persona de la edad que sea decide su orientación sexual; que es la atracción, gusto o patrón persistente de preferencias para elegir una pareja o compañerx sexual. Es decir, que por conocer la diferencia entre un término u otro las niñas, los niños y adolescentes sólo tendrán información útil y conocimientos a la hora de identificar cualquier concepto o situación en el desarrollo de su vida. La persona que es lesbiana, homosexual o no binaria nace así, no es que se convierte o transforma por tener conocimiento de términos de los que no se hablaba hace 30 años.

 

Otra confusión que hay en redes sociales es la mezcla de equidad e igualdad de género, que se explica en la ESI, con algo que llaman la “ideología de género”, que es un termino mal empleado para referirse a la diversidad sexual, es decir, que hablar de derechos, equidad e igualdad para todas las personas del mundo se convierte en “adoctrinamiento” para que niñas, niños y adolescentes se vuelvan parte de la comunidad lgbtiq+. Nada más alejado de la realidad de lo que es la educación sexual integral. 

 

Por una parte está la educación integral de la sexualidad, donde se explica que existe la diversidad sexual y por otra parte están todas las formas y maneras de expresar y ejercer la sexualidad de cada persona, o sea, la ESI informa, proporciona conocimiento y cada persona elige qué quiere ser, cómo lo quiere expresar y desde dónde lo va a hacer. 

 

Ahora bien, ¿se vuelve a las niñas, niños y adolescentes más curiosxs cuando se les habla de sexualidad?  La curiosidad es una característica humana, por lo que es normal que mientras se hable de temas interesantes haya cada vez más preguntas o ganas de saber por parte de las infancias o las adolescencias; por lo tanto hay que tener en cuenta la edad que tienen y el lenguaje que usamos para explicar las cosas. Por ejemplo, en los primeros años de vida se les habla sobre el cuerpo, los nombres reales de los genitales, autonomía corporal, es decir quién puede tocar su cuerpo y quién no, etc.

 

En cada etapa del curso de la vida hay unos temas específicos que se abordan desde la ESI, no es adoctrinamiento, no es acabar con el modelo de familia, no es que todas las personas ahora serán de las comunidad lgbtiq+, no es mostrarles pornografía, ni mucho menos. Es conocimiento que le es útil para su desarrollo afectivo, social y sexual para evitar abusos, violencias, infecciones de trasmisión sexual, embarazos no deseados; les dará fortalezas para formar su autoestima, su autonomía, para respetarse y respetar a las demás personas. 

 

Pensar que la ESI no es beneficiosa para las niñas, niños y adolescentes dice mucho de la necesidad de que cada docente, madre, padre, representante o responsable tenga conocimientos y maneje los temas que aborda la ESI para así construir una sociedad menos violenta y más equitativa para todas y todos.

 

Es por ello, que tanto la comunidad como las familias e instituciones educativas deben tener el acceso a la información para crear un modelo de aplicabilidad de la ESI, a la par que se acompaña la lucha por un salario igual indexado a la canasta básica. Es de interés que la calidad formativa sea congruente con el modelo de sociedad que queremos. 

 

Consideramos que la comunidad educativa no es solamente direccional y escogida por el Estado, y que es fundamental la participación de la familia y el estudiantado para la construcción de un modelo educativo que promueva bienestar, salud y estímulos creativos y recreativos para su adecuado crecimiento.

 

Referencias:  

Acelerar el progreso hacia la reducción del embarazo en la adolescencia en América Latina y el Caribe (2016). Fondo de Población de las Naciones Unidas

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)

Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos en Venezuela. Tomo 1 (s/f). Avesa

Ley Orgánica de Protección para niñas, niños y adolescentes ( 2007)

Ley Orgánica de Educación (2009)

Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad (2015)

Manual para la Formación Docente en Educación Integral de la Sexualidad Humana (2016) Instituto Pedagógico de Caracas

Norma Oficial para la Atención Integral en Salud Sexual y Salud Reproductiva (2013). Ministerio del Poder Popular para la Salud

Salud Sexual para el Milenio Declaración y documento técnico (2009). Asociación Mundial para la Salud Sexual

https://www.radiofeyalegrianoticias.com/los-maestros-perdidos-de-venezuela/

 

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