El Abuso sexual infanto juvenil no es un pecado, es un delito.

Dudo que los clérigos no supieran reconocer tal gravedad, más bien, taparon el delito porque sabían que pueden ser juzgados a través la justicia penal.

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Tras un informe emitido por la Corte Suprema de Pensilvania la semana pasada, en el que se develan los casos de abuso sexual perpetrados por 300 curas, y que a partir de una gigantesca investigación judicial se identificó a más de mil víctimas menores de edad durante 7 décadas, no es más que una cruda realidad de abuso sexual encubierto por la Iglesia católica, y por ende, por el Vaticano.

Desde la rabia, la indignación pasando por la impotencia que una siente al conocer una vez más casos atroces como éstos me llevaron inmediatamente a dos recuerdos de mi intimidad: el primero: cuando tenía 8 años y fui víctima de abuso por parte de un tipo de 35 años; y el segundo: cuando a mis 15 años, meses después de hacer la confirmación un sacramento que administra la Iglesia católica, vi “En el Nombre De Dios” también conocida como “Las hermanas de María Magdalena” una película que relata las historias de adolescentes abusadas sexualmente por los curas y maltratadas por las monjas cómplices un internado hacia 1964, en el Condado de Durblin, Irlanda.  El asco y repulsión que sentí por la iglesia católica fue tal que inmediatamente repelé toda afinidad por esta institución y todo lo que relacionado con ella. Me liberé de la opresión que se promueve desde la fe institucionalizada.

Afortunadamente, si puede decirse de esa manera, las víctimas de Pensilvania cuentan con apoyo legal y contención psicoemocional a través de la Red de Sobrevivientes de Abusados por Sacerdotes (SNAP). Son muchos los casos que esta red lleva desde hace años y continúan saliendo a la luz pública, así lo manifestó la secretaria general de esta red Melanie Sakoda dejando ver que al día siguiente de la publicación del informe, recibieron aproximadamente 22 denuncias más relacionado con curas que aún abusan a niños, niñas y adolescentes[1]  

Opiniones sobre esta noticia no dejaron de expresarse: la sociedad civil, colectivos feministas, individualidades, etc no pudieron mostrarse ajenos a tan abominable hecho. Dentro del Vaticano tampoco pudo ya taparse el sol con un dedo, este poderoso organismo que ya conocía algunos casos desde 1963, se mostró tolerante, obviando y dejando de tomar cartas en el asunto [2]

Declaraciones recientes del Papa Francisco se hicieron notar a través de sus palabras: “la iglesia no supo actuar ante el daño que causaban los abusos, no supo reconocer la gravedad del daño”[3]

¡Vaya ausencia de reconocimiento!

Dudo que los clérigos no supieran reconocer tal gravedad, más bien,  taparon el delito porque sabían que pueden ser juzgados a través la justicia penal. Por ende, pedir perdón no mejora los daños psicoemocionales de las víctimas, pero sí es necesario que cada agresor pague por ello.

A mi juicio la opinión más macabra que he leído fue la de Bill Donohue presidente de la Liga Católica de Estados Unidos, quien refutó los cargos de violación contra los 300 sacerdotes al afirmar que no se puede hablar de violación sin penetración, y que en su lugar prefiere hablar de “contacto inapropiado” y una vez se intenta destacar que este hecho no es más que una mentira obscena [4]

Una repulsión total es lo que genera una declaración como ésta, pues evidencia como siempre, el rol poderoso que tienen los curas y la iglesia en la sociedad, el poder perpetrado hacia las víctimas, y ahora lo quieren llamar mentira y suavizar el hecho de que al no haber penetración –que sí la hubo– no se puede hablar de abuso sexual. Es una tergiversación adrede de la realidad: el sistema patriarcal que reproduce la violencia hacia quienes detecta como vulnerables (niños, niñas y adolescentes) así lo legitima, y esta lógica está más que naturalizada en el entorno clerical.

No obstante, es menester recordar para quienes lo olvidan, y también informar y educar para quienes no lo saben, que el abuso sexual infantil o infanto-juvenil (ASI) es una forma de violencia a la infancia: es un delito.

El abuso sexual definido por UNICEF [5] es una forma de violencia dirigida hacia niños niñas y adolescentes, son tipos de conductas sexualmente abusivas. Dentro del Informe Abuso sexual infantil. Cuestiones relevantes para su tratamiento en la justicia (2015), llevado a cabo por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Unicef Uruguay, Fiscalía General de la Nación y el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay, se afirma que:

“muchos autores y estudiosos del tema califican al abuso sexual infantil como una forma de malos tratos hacia la infancia. En este sentido, es posible entender por maltrato infantil todas aquellas conductas en las que, por acción u omisión, un adulto produce daño real o potencial a un niño o adolescente” (p.22)

Más ampliamente, la Organización Mundial de la Salud (OMS, 2014) define el maltrato infantil como:

“[…] los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, [incluidos] todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo, que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder”. (p.22)

Por ejemplo una definición más abarcadora, es la que se usa en el ámbito federal en los Estados Unidos, establecida por el Acta para la Prevención y el Tratamiento del Maltrato Infantil (U. S. Department of Health and Human Services, 2010, c.p. UNICEF, 2015). En ella se considera abuso sexual infantil a:

“la utilización, la persuasión, la inducción, la seducción o la coerción de un niño o niña para realizar [o participar de] —incluida la ayuda a otra persona para el mismo fin— cualquier tipo de conducta sexual explícita, o la simulación de dicha conducta con el fin de producir una representación visual de esta (…) la violación, el tocamiento, la prostitución o cualquier otra forma de explotación sexual de un niño o niña, o el incesto”.(p.23)

Fíjese bien las diferentes acciones que son definidas como abuso sexual desde la penetración, y el tocamiento hasta la seducción de menores de edad.

Por su parte, Suzanne Sgroi (1982, c.p. UNICEF, 2015) plantea que abuso sexual son:

“todos los actos de naturaleza sexual impuestos por un adulto sobre un niño, que por su condición de tal carece del desarrollo madurativo, emocional y cognitivo para dar consentimiento a la conducta o acción en la cual es involucrado”. (p.23)

Tales adultos generalmente se encuentran muy cercanos a las víctimas, son parte de su círculo familiar, escolar, social, deportivo y religioso.

Tal definición nos muestra un elemento muy importante y poco considerado o solapado en este tipo de casos: el consentimiento.

Los agresores que son adultos y generalmente se encuentran en una posición dominante o de autoridad –los curas, profesores, médicos- poseen un desarrollo cognitivo tal que utilizan recursos y/o habilidades de seducción para enredar a los y las niñas y adolescentes que se encuentran generalmente en una posición de subordinación, vulnerabilidad y dependencia.

En general las y los menores de edad no tienen un desarrollo madurativo para otorgar su consentimiento, esto por un lado. Por otro lado, los y las niñas y adolescentes no saben identificar el abuso, ya que en esta sociedad machista, patriarcal y adultocéntrica  no se educa para prevenir e identificar el abuso, por ende, no saben reconocerlo.

De hecho, tal es el desconocimiento del abuso sexual en la sociedad en general, que estudios realizados por UNICEF revelan una alta invisibilización dentro de la familia, ya que el abuso sexual infantil (ASI) es el único tipo de maltrato que requiere la imposición del secreto para poder continuar ocurriendo. Así como tampoco tiene visbilización en la sociedad salvo que el niño/a devele lo que le está sucediendo, o que presente signos físicos como un embarazo, ya que el (ASI) no es “visible” a los ojos externos.

Asimismo es importante saber, que dar el consentimiento significa aceptar, acordar, autorizar a que se haga algo. Algunos sinónimos de esta palabra son anuencia, aprobación, aquiescencia, conformidad, consenso y permiso. Berliner y Elliott (2002, c.p. UNICEF, 2015) expresan que:

“cuando se habla de consentimiento informado se entiende que quien lo otorga tiene toda la información necesaria para comprender cabalmente la naturaleza de aquello que consiente, el alcance y el propósito de su participación, así como las eventuales consecuencias o riesgos. El consentimiento da a quien lo otorga un lugar activo de protagonismo y, supuestamente, de ejercicio de la propia voluntad”. (p.24)

Por lo tanto, es una falacia considerar que quien ha sido abusado ha consentido tal hecho ya que el niño, niña o adolescente abusado sexualmente está sometido a la voluntad de quien abusa de él, voluntad que además se ejerce desde una posición de autoridad y con diversos niveles de coerción, que no necesariamente contempla la fuerza física.

Por otro lado, el contacto sexual entre un niño más grande y uno más pequeño también puede ser abusivo si existe una disparidad significativa de edad, desarrollo madurativo y cognitivo o tamaño corporal, haciendo que el niño menor sea incapaz de dar un consentimiento informado.

¿Cómo se desarrolla y progresa el Abuso Sexual Infantil o infanto juvenil?

Es importante conocer que el ASI se da en el marco de un proceso particular de vinculación. No se puede entender nunca un hecho aislado, único o accidental, no obstante, es necesario diferenciar entre abuso sexual y violación.

La violación hace referencia a un episodio único, violento, en el que es común que se utilice la fuerza física de manera inmediata o la amenaza de vida (por ejemplo, a través del uso de un arma), para lograr el sometimiento instantáneo de la víctima y evitar o reducir la posibilidad de resistencia.

En general es llevado a cabo por un desconocido y el contacto del violador con la víctima comienza y termina en la acción de violación, sin embargo, se han dado violaciones en el ámbito intrafamiliar (por ejemplo de un padre o padrastro hacia su hija/o ó hijastra/o).

El ASI se desarrolla a lo largo de un tiempo a través de una vinculación progresiva cuya finalidad última es el acceso al cuerpo del niño/a. Una vez que el agresor sexual llega al contacto con el cuerpo del niño, ese contacto puede progresar a lo largo del tiempo e incluso puede llegar a una penetración completa. Es decir que, por lo general, existe un proceso en cuyo desarrollo el niño, niña o adolescente queda entrampado por el adulto en un modo particular de relacionarse. (UNICEF, 2015)

Algunos autores han definido que en esta relación particular se da  por fases, las mismas pueden variar en intensidad, duración e incluso no seguir un orden establecido. Esto va a depender de las características tanto de la persona agresora como de la víctima. Groth (1979, cp, AVESA) refiere 5 fases en la situación de ASI:

  1. Fase de seducción: En esta fase la persona agresora utiliza su posición de poder y confianza con la víctima mediante la manipulación, el juego e inclusive la normalidad y  el ofrecimiento de regalos o destacando cualidades positivas de la víctima relacionada su belleza e inteligencia. También puede utilizar la amenaza o la fuerza. Esta fase precede a la agresión sexual propiamente dicha, pues la persona agresora va tejiendo una relación de confianza con la víctima y sus familiares.
  2. Fase de interacción sexual: consiste en la manifestación progresiva de contacto físico y de agresión sexual propiamente dicha en toda sus versiones: tocamientos hacia la víctima o solicitud de manipulación genital hacia la persona agresora. Esta fase es a veces identificable por la víctima, por el malestar y daño psicológico que ocasiona. Pero no siempre es detectable, porque la víctima esta enredada en una relación de seducción y sumisión ante la figura que constituye para ella una figura de autoridad.
  3. Fase de secreto: Se da posterior a los hechos de agresión sexual propiamente dicha. La persona agresora “asegura” el secreto a través de la amenaza hacia la integridad de la víctima y su familia, o a través de regalos. La persona agresora puede envolver a la víctima haciéndole creer que estas acciones son manifestaciones de afecto o son consecuencia de los deseos de la víctima, también las personas agresoras suelen afirmar que de revelarse el secreto nadie les va a creer.
  4. Fase de descubrimiento: En esta fase queda al descubierto la situación de abuso ya sea por terceros a partir de evidencias físicas o por revelación de la propia víctima.
  5. Fase de negación: en esta fase la persona agresora niega haber realizado tales hechos y culpabiliza a la víctima. Esta fase puede durar minutos o meses o su resolución determinará las estrategias de afrontamiento de la víctima.

Entender estas fases y la relación de poder y control por parte de la persona agresora  ayuda a comprender por qué son pocos los casos que son denunciados e inclusive reconocidos tempranamente.

En la revelación de los hechos influye tanto las características de la persona agresora, como las características de la víctima y el apoyo o no de su entorno familiar, así como la relación propiamente dicha.

Las dificultades que se presentan en las víctimas y que muchas veces les obstaculiza revelar lo sucedido y denunciar es que el abuso sexual genera mucha vergüenza, la víctima se siente atemorizada y culpable por lo sucedido. Ya lo manifestó la secretaria general de la Red de Sobrevivientes de Abusados por Sacerdotes (SNAP) Melanie Sakoda:

“si me preguntas por las víctimas, creería que se debe a que muchas se avergüenzan de lo sucedido, como ocurre en muchos casos de violación. Tienden a estar confundidos o atemorizados de lo que pueda suceder. Muchas veces tampoco tienen claro a quién acudir o si realmente serán escuchados. Si me preguntas por la Iglesia, creo que les importa más su reputación ante el mundo, su buena imagen, que el daño- que algunos de sus miembros han causado. Ponen la imagen por encima de todo”.

Las consecuencias o secuelas que el abuso sexual deja en las víctimas y sus familiares van desde las consecuencias físicas, psicológicas, académicas laborales e inclusive pueden desarrollarse consecuencias psicopatológicas a mediano y largo plazo, por lo que es importante la atención psicológica.

Repudiamos plenamente a la institución católica y el amparo que le dan los Estados.

Después de lo descrito espero que no quede duda de que el abuso sexual es un delito, que debe ser denunciado y que causa graves consecuencias en las víctimas, y las personas agresoras no padecen de algún trastorno mental. No se cuenta con un perfil del agresor sexual, sobre todo de aquel que abusa sexualmente en contextos intrafamiliares.

De hecho ninguna persona viola o abusa sexualmente de otra en espacios públicos, a la vista de todos/as, este hecho se da en lo más privado y escondido posible, he ahí la ausencia de alguna psicopatología, pues la persona agresora sabe muy bien lo que hace.

¡Por eso no pidan perdón, paguen por sus delitos!

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Somos un grupo de amigas, parias y rebeldes. Nos dimos cuenta que la brujería y los movimientos paganos comunicacionales son lo nuestro. Aún pateando calle y con un poco de paciencia, nos adentramos en el mundo cibernético. Ladramos, mordemos y cuando llega el momento nos ponemos el monóculo. Maestras en el arte comunicacional y politólogas, aferradas a la loca idea de cambiar al mundo con un poco de humor.

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